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Universidades privadas podrán ser demandadas si no entregan títulos profesionales en tiempo y forma



Este miércoles la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que se podrá demandar a las universidades privadas que se nieguen a entregar el título profesional a estudiantes que ya hayan cumplido con todos los requisitos. No obstante, esto solo podrá efectuarse cuando haya omisiones por parte de las autoridades escolares para la tramitación del título profesional.

“En el caso, los particulares a quienes el Estado les permite prestar el servicio de educación superior a través de una autorización o reconocimiento de validez oficial, al formar parte del Sistema Educativo Nacional, asumen la responsabilidad de cumplir con lo establecido por la Constitución y las leyes que rigen la materia pues, de su observancia estricta, depende el ejercicio efectivo del derecho a la educación”, señaló en un comunicado la SCJN.

De igual manera, la SCJN detalló que de acuerdo con la Ley General de Educación y la Ley General de Educación Superior se prevé que las instituciones del Sistema Educativo Nacional otorguen certificados, constancias, diplomas, títulos o grados académicos a las personas que hayan concluido estudios de conformidad con los requisitos de los planes y programas de estudio.

"En este contexto, cuando una universidad privada no tramita o entrega un título profesional a un alumno que cumple los requisitos establecidos en los planes y programas de estudio correspondientes, está afectando derechos en términos de la Ley de Amparo, pues le impide el ejercicio de su derecho humano a la libertad de profesión, así como la tramitación de su cédula profesional y el registro de los documentos ante el Sistema de Información y Gestión Educativa para que tengan validez en todo el país", puntualizó la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 

Con este fallo se sentó jurisprudencia y ahora los jueces y magistrados federales están obligados a admitir a trámite demandas de amparo que se promuevan por este tipo de casos. Cabe mencionar que en septiembre de 2021 se determinó que cualquier juez del país puede obligar a las universidades a expedir, en un breve tiempo, títulos profesionales electrónicos para que se garanticen los derechos de los egresados a la educación, el libre desarrollo de la personalidad y al trabajo.

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