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Tira TEPJF a magistrado designado por Senado



Minutos antes de que el Senado le tomara protesta, el Tribunal Electoral echó abajo la designación de Ernesto Alfonso Salinas Colín como magistrado penal federal en el Estado de México.
 
La Sala Superior advirtió a los senadores que al registrarse una vacante de juzgadores electos, debe nombrarse a quien tenga más votos, priorizando a las mujeres.
 
Hace unos días, la Cámara alta convocó a Salinas Colín para que asumiera la posición que dejó Ernesto Leetch, a quien designaron integrante del Pleno Regional Centro Norte del Poder Judicial. 
 
El argumento fue que la ley establece que se debe llamar al segundo lugar del mismo género.
 
Sin embargo, los magistrados recordaron que la regla que debe aplicar es convocar a quien obtuvo el mayor número de votos, sin importar si es hombre o mujer.
 
Sujey Azucena Villar Godínez impugnó la convocatoria del Senado, al argumentar que ella, quien ganó el cuarto lugar, logró 133 mil 781 votos, contra los 92 mil 96 sufragios de Salinas Colín, quien quedó en la quinta posición.
 
Sin embargo, Yolanda Romero Vázquez quedó en tercer lugar, con 160 mil 688 votos.
 
"Tanto la OAJ (Órgano Administración Judicial) como el Senado deberán realizar los actos necesarios para que, considerando el principio democrático de mayor votación en una elección, así como la observancia de la paridad de género, se designe a la magistratura de circuito del distrito dos del segundo circuito en materia penal del Estado de México, a la persona que, dentro de quienes no fueron designadas, cumpla los requisitos de elegibilidad y haya obtenido la mayor votación en la elección judicial de referencia", indica la resolución.
 
Los tres candidatos tienen carrera judicial: Salinas Colín y Villar Godínez llevan varios años en el Poder Judicial federal, ambos eran secretarios de juzgados.
 
Mientras que Romero Vázquez se ha desempeñado como juzgadora local en el Estado de México, es jueza penal en el distrito de Nezahualcóyotl.
 
Este es el segundo caso que resuelven los magistrados priorizando la designación de una mujer, por lo que es el criterio que deberá prevalecer cuando tenga el mayor número de votos.
 
"Debe enfatizarse que, en el nuevo diseño constitucional, la legitimidad de las magistraturas de circuito proviene directamente del sufragio ciudadano. La voluntad popular expresada en las urnas no constituye un elemento meramente orientador, sino la fuente primaria de validez democrática del cargo.
 
"Por ello, cualquier mecanismo de cobertura de vacantes debe interpretarse de manera funcional, teleológica y sistemática, de forma que preserve, en la mayor medida posible, esa expresión de soberanía popular", se lee en la sentencia.

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