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Autoriza Corte bajar nombres de 'lista negra' de la UIF



La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció este miércoles que procede suspender la inclusión en la lista de personas bloqueadas de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
 
 Por tres votos contra dos, la Segunda Sala de la Corte aprobó jurisprudencia obligatoria para todos los jueces federales del país, que aclara que la inclusión en esta lista sí es un acto de autoridad que se puede suspender, pues lleva a su vez al bloqueo de todas las cuentas del afectado en el sistema financiero.
 
 "Es posible decretar la suspensión provisional contra la inclusión en la lista de personas bloqueadas que emite la UIF para el efecto de que la referida Unidad elimine provisionalmente de esa lista solo a la persona de que se trata, lo que a su vez implicará que tenga acceso a los fondos contenidos en las cuentas, de la manera habitual en que lo hace", dice la jurisprudencia.
 
 La tesis fue aprobada por los Ministros Luis María Aguilar, Alberto Pérez Dayán y Javier Láynez, con voto en contra de Yasmín Esquivel y Lenia Batres.

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