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Va Corte por fijar criterios de protección a derechos humanos de trabajadoras sexuales



La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se perfila a fijar los primeros criterios sobre la protección de los derechos humanos de quienes ejercen el trabajo sexual en México, los límites de las autoridades para regular esta actividad y las obligaciones del Estado en materia de seguridad, salud y no discriminación. 

Lo anterior, luego de que el Pleno aprobó este jueves por mayoría de votos reasumir su competencia sobre el amparo en revisión 526/2025 que cuestiona normas de la capital de Puebla que sancionan esta actividad en espacios públicos, asunto que será turnado a un ministro para que elabore un proyecto que sea sometido a votación del Pleno. 

“Este asunto reviste una gran importancia, pero además es de elevada trascendencia, porque nos daría la oportunidad de plantear la necesidad de definir los alcances constitucionales, pero además convencionales para proteger los derechos humanos de las personas que ejercen este tipo de trabajo, de manera muy especial, frente a normas de tipo administrativo que pueden traducirse en mecanismos de criminalización”, dijo el ministro Giovanni Figueroa Mejía. 

Además, señaló que el caso permitirá definir hasta dónde pueden llegar las autoridades municipales al regular esta actividad frente a derechos como la libertad de trabajo, la igualdad, la no discriminación y la integridad personal, así como precisar las obligaciones del Estado para garantizar políticas públicas que aseguren condiciones de seguridad y salud para quienes la ejercen.

El tema que analizará el Pleno es: “¿El artículo 209, fracción IV, inciso f) del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla, que establece sanciones para quienes ejerzan el trabajo sexual en lugares públicos, es violatorio de la libertad de trabajo y genera efectos estigmatizantes y discriminatorios para quienes se dedican a esa actividad?”. 

El ministro Arístides Guerrero García señaló que las personas que ejercen esta actividad enfrentan discriminación y falta de protección estatal, por lo que el caso permitirá a la Corte definir su alcance constitucional, su categorización jurídica y el tratamiento normativo que corresponde.

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